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Una transferencia de un automotor, es el acto que se realiza cuando se realiza una venta, de dicho objeto. En realidad, significa, que el titular actual (vendedor); se lo transferirá a su nuevo dueño (comprador). Para completar el procedimiento, es fundamental que la persona que lo adquiera, pase a tener todos los papeles en regla y a su nombre. Así, su posesión, será legalmente correcta. Muchas personas, al momento de tener que realizar este trámite, tienen una gran cantidad de dudas. Es más, a veces, contratar a un tercero para que se haga cargo de llevarlos a cabo. En este caso, todo el procedimiento será mucho más costoso; porque participará un gestor. Algunas descripciones de este tipo de transferencias, son:
Lo que se hace en realidad, como se mencionó brevemente, es un traspaso de dominio. Esto quiere decir, que se declara legalmente como nueva pertenencia del comprador, el automóvil; de una forma legal.
Para vehículos de modelo 1976 a 1982, generalmente, se abona el 1% del valor total del coche, en la actualidad. La cotización que se tiene en cuenta, es la del mercado que corresponda. Jamás, el valor a abonar, podrá ser menor al que especifica el arancel 13.
Para autos con modelo entre 1983 a 1985, el costo no podrá ser menor al arancel 14.
Para vehículos con modelo entre 1986 a 1988, el valor no podrá estar por debajo del arancel 15.
Ya de 1989 en adelante, respecto al modelo de coche; el valor que se toma como mínimo de referencia es del arancel 16.
Transferencia del Automotor en Provincia de Buenos Aires: ¿Quién paga y qué requisitos necesito? Paso a Paso. Hacer este tipo de trámite, es algo totalmente sencillo si se tiene el conocimiento de los procedimientos. Como ya se dijo, recurrir a un gestor, puede aumentar los costos para llevarlo a cabo. Hay que tener en cuenta también, que en general, recurrirá paciencia; debido a los tiempos de espera que lleva tramitar todo. En Buenos Aires, contará con la posibilidad de tener variada información, para poder hacer todos los pasos de manera individual. A continuación, se van a mencionar principalmente, algunos requisitos para transferir:
Solicitud 08.
Verificación en solicitud de tipo 12.
Título del vehículo.
Cédula de identificación.
D.N.I. Se solicitará el original y la fotocopia; de los titulares y cónyuges correspondientes.
Deberá incluir el impuesto que corresponde a Emergencia-Fondo Nacional de Incentivo Docente, sujeto por la ley 25053. Si es necesario, también tendrá que contar con constancia de pago y certificado de percepción.
Si el vehículo tiene alguna prenda, es fundamental que se lo comunique a la otra parte que participa del trámite.
Fundamental contar con constancia de C.U.I.L o C.U.I.T.
La Declaración Jurada, correspondiente a patentes, debe estar firmada por la persona que presenta el trámite. (Formulario 13).
Hay que tener sí o sí, los comprobantes de pagos de impuestos provinciales y municipales.
Muchas personas, por más que se presente toda esta información, tienen más consultas en cuanto a procedimientos y formas de accionar. Es sumamente importante, que se tenga en cuenta cuidadosamente cada detalle. De esta manera, como ya se dijo, dispondrá de mayor individualidad y seguridad al momento de realizar el trámite. Otra cosa interesante, es que si por ahí se contrata de alguna parte el gestor, usted podrá ir supervisando su manera de accionar. De esta forma, estará seguro de que todo lo que se está haciendo está en orden; como corresponde. Para que pueda tener acceso a algunas cosas más detalladamente, se mencionarán algunas preguntas frecuentes; realizadas por muchas personas:
¿Cuál es el costo aproximado a abonar? Bueno, en realidad, esto tiene que verse cuando se mencionaron anteriormente todos los aranceles. Será por lo general del 1% del valor del vehículo; pero no podrán ser menores al mínimo especificado en cada caso, según el modelo del coche.
¿Quién tiene que pagar por la transferencia? El comprador, será el responsable de cubrir todos los costos.
¿Cuánto demora generalmente el trámite? Dependerá fundamentalmente de la disposición de las partes, completando todos los requisitos previamente. Siempre que se declare en falta alguna cuestión, de extenderán los plazos. Generalmente, cuando se presenta todo, demora 15 días hábiles en completarse la titulación.
¿A dónde tiene que ser llevada a cabo? Se realizan todos los procedimientos y trámites correspondientes a la transferencia, en el Registro Seccional donde esté radicado su coche.
¿A dónde puedo encontrar más detalles sobre los aranceles a abonar? Puede buscarlo en el sitio web oficial, correspondiente al Registro de la Provincia de Buenos Aires.
¿Se cancela la transferencia si me falta algún requisito? No. Lo que causará esto, es una mayor demora para que se lleve a cabo todo.
Bueno, ya se han mencionado las características más importantes para que usted sepa exactamente de qué se trata realizar una transferencia. Además, podrá tener en cuenta bien, cuáles son los requisitos y pasos a realizar. Debe inspeccionar con cuidado todo, para que no se le pase nada. Recuerde, que tener todo en orden, ayudará a agilizar cada uno de los trámites a llevar a cabo. Como es muy importante que esté informado al máximo, se nombrarán algunas formas de encontrar información, por si le quedó alguna duda:
Primero, podrá contactar telefónicamente para realizar preguntas, al (011) 4011 – 7337 / 4011 – 7442. La línea gratuita, estará disponible a través del 0800 122 2227.
Segundo, en caso de querer realizar alguna consulta o trámite personalmente, podrá llegarse a Av. Corrientes # 5666/80.
En caso de querer ingresar por internet, deberá hacerlo a través del sitio web oficial, correspondiente a la provincia de Buenos Aires.
Transferencia de Automotor en Buenos Aires
Transferencia | Acto necesario para transferir el dominio de un coche. |
Requisitos | Deberá tener en orden toda la información y papeles que se soliciten. |
Teléfono | 0800 122 2227. |
Dirección Sucursal | Av. Corrientes # 5666/80 |
Horarios de Atención | De lunes a viernes entre las 8hs a 20hs. |
¿Se puede hacer online? | No. Debe llevarse a cabo personalmente, en los Registros Seccionales. |